FUERO. DESAFUERO. JUSTICIA ¿SÍ O NO?

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Diputado Federal por Ixmiquilpan, MC Cirpiano Charrez Pedraza

Por Fernando Alfonso Ávila Hérnández.

En los meses recientes, la vertiginosidad de los acontecimientos ocurridos en México, nos hace pensar, a veces, que la historia lleva prisa.

Hace apenas poco tiempo que, frente a los vergonzosos escándalos de corrupción gubernamental, los políticos que buscaban la simpatía de la sociedad a través del voto plantearon adoptar medidas para acabar con la corrupción.

Uno de los recursos propuestos, que hoy se ha convertido en realidad, es quitar de las leyes el fuero que protegía a los altos funcionarios y los hacia inmunes (o impunes, si usted quiere) frente a la aplicación de la ley, en caso de haber cometido algún delito.

Y es que el fuero se ha querido entender la inmunidad procesal como sinónimo de impunidad, esta excepción de la que gozan mil 854 servidores públicos, desde el Presidente de la República hasta los diputados locales, de acuerdo con diversos artículos de la Constitución, principalmente el artículo 111.

Se trataba, hasta antes de las recientes reformas, del Presidente de la República, los 500 diputados federales, 128 senadores, 11 ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, siete magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, siete Consejeros de la Judicatura Federal, 20 secretarios de Estado, 66 integrantes de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF).

También, el procurador General de la República; el procurador de Justicia del Distrito Federal, el jefe de Gobierno del Distrito Federal; los nueve integrantes del Instituto Federal Electoral (IFE), los mil 71 diputados estatales de las 31 entidades, así como sus 31 gobernadores.

No bien ha cobrado forma el sistema nacional anticorrupción, y su réplica en el Estado de Hidalgo, cuando ya enfrentamos un caso de auténtico impacto nacional, que podría derivar precisamente en el sometimiento de un representante popular al proceso de desafuero, para permitir al ministerio púbico y a los jueces hacer su trabajo sin contratiempos.

Recordemos que, para retirar esa inmunidad procesal y que un servidor público pueda ser sometido a la justicia, como cualquier ciudadano, en caso de cometer delitos graves, requiere de un juicio que sus propios compañeros le realizan, denominado “de procedencia”, para determinar si los agravios cometidos son suficientes para retirarle esa inmunidad.

 

La denominación común, sin embargo, se refiere al juicio de procedencia como al juicio de desafuero, al que debe darle seguimiento una comisión instructora.

Para los casos de los diputados y gobernadores de los 31 estados, corresponde a los congresos locales realizar el juicio de procedencia, y los motivos varían de acuerdo con las propias constituciones de cada uno.

Para el caso de los servidores federales, como es el resto, incluidos el jefe de Gobierno de la Ciudada de México, el congreso  de la CDMX y el procurador capitalino, el procedimiento correspondía al Congreso de la Unión, donde la Cámara de Diputados es la sede del juicio y el Senado tiene la opción de asumirse como el que solicita el juicio de procedencia.

Célebre es el caso del Senador por Sonora Jorge Díaz Serrano, quien fue desaforado para que pudiera ser sometido a juicio por un fraude de cinco mil millones de pesos, que cometió como director de Petróleos Mexicanos.

El polémico juicio de procedencia duró apenas 32 días y el presidente de la comisión instructora fue en entonces diputado federal por Tula, César Humberto Vieyra Salgado, en un tiempo en que al gobierno le urgía, como hoy, legitimar su lucha contra la corrupción en Pemex.

La sociedad mexicana recuerda con claridad el desafuero de Andrés Manuel López Obrador, entonces Jefe de Gobierno del Distrito Federal, fue sometido en 2005 a juicio de procedencia para quitarle la inmunidad procesal, ante su negativa a acatar una orden judicial de suspender la construcción de un camino en un terreno de propiedad privada.

A pesar de que estaba libre para enfrentar a la justicia, la Procuraduría General de la República ya no procedió; en la contienda presidencial del año siguiente quedó a menos de un punto porcentual de la victoria, y hoy es, por una muy amplia mayoría, el presidente electo de México

Años después, la Cámara de Diputados también debió emprender otro proceso de desafuero, luego que la Secretaría de Seguridad Pública federal y la Procuraduría General de la República acusaron que el novel diputado federal, Julio César Godoy, era cómplice de la La Familia Michoacana.

Sin embargo, en el caso del diputado federal hidalguense que se vio envuelto en el grave accidente que dejó un muerto en Ixmiquilpan la semana pasada, todavía van a pasar muchas cosas para que sepamos finalmente si habrá sido desaforado o no Cipriano Charrez Pedraza.

Sobre todo, porque la ley precisa que “cuando el juez de la causa dicte sentencia condenatoria de primera instancia, el mismo juez solicitará desde luego a la Cámara de Diputados el retiro de la inmunidad para el efecto de que el sentenciado cese en sus funciones y quede a disposición de la autoridad correspondiente (antes de lo cual, muy bien podrían pasar muchas cosas, cargadas alguna de ellas, de una buena dosis de intereses políticos y de pruebas de poder).

La Cámara tendría diez días para emitir su dictamen, pero “si la resolución fuese negativa se mantendrá la inmunidad del sentenciado, pero ello no será obstáculo para que, una vez concluido el ejercicio del cargo, las autoridades procedan conforme a la ley”.

Esta es, pues, la historia que se hace mientras se escribe.